A partir de hoy se restringe el horario nocturno en Monte Hermoso

El "toque de queda sanitario" rige hasta el 31 de enero

costanera de noche monte hermoso renovada

Tal como habíamos adelantado, a partir de hoy, lunes 11, se restringe el horario para todas las actividades comerciales, culturales, deportivas, recreativas y sociales.

La medida rige hasta el próximo 31 de enero. El «toque de queda» será a partir de la 1 de la mañana y se extiende hasta las 6, quedando exceptuadas solamente las actividades consideradas «esenciales» en la normativa vigente.

El día viernes, el intendente Alejandro Dichiara había dicho que en Monte seguía «todo igual» debido a la indefinición de la Provincia. Horas más tarde, sin embargo, el gobernador Kicillof anunció las medidas que debieron acatar los municipios. Ya el sábado, con la nueva disposición, el secretario de prensa local había anunciado que toda actividad iba a ser suspendida a partir de la 1 de la mañana.

La restricción horaria se enmarca en el Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional. El gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso las siguientes medidas, que entrarán en vigencia hoy lunes 11 de enero:

  1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.
  2. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas, toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
  3. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
  4. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
  5. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
  6. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.
  7. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
  8. El día martes 12 de enero se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.

¿Por qué «toque de queda»?

El concepto de «toque de queda» se refiere a la prohibición o restricción, establecida por instituciones gubernamentales, de circular libremente por las calles de una ciudad o permanecer en lugares públicos, permaneciendo los habitantes únicamente en sus hogares salvo excepciones de necesidad o urgencia.

La medida puede abarcar horarios nocturnos, así como el resto del día, dependiendo de las circunstancias. Es, por tanto, una limitación o restricción legal de la libertad de circulación,​ considerada internacionalmente un derecho humano y por muchas legislaciones como un derecho constitucional.

Durante la pandemia de COVID-19, algunas autoridades han decretado un toque de queda nocturno con el fin de reducir la transmisión de la enfermedad. En Francia, por orden del gobierno nacional, el 18 de octubre de 2020 se estableció un toque de queda (entre las 21 y las 6 horas) en Paris y en otras 8 ciudades. En España, el Gobierno decretó un estado de alarma el 25 de octubre del 2020 con un toque de queda entre las 23 y 6 horas.

Aunque la Constitución Nacional Argentina, no contempla el toque de queda, sí lo hace con el estado de sitio, aplicado a regiones específicas y por períodos definidos. En el caso de la cuarentena debida al covid 19, por tratarse de un país federal en el que cada provincia tiene independencia para regular el tránsito interno, el Gobierno federal se limitó a establecer lineamientos generales, en los que cada provincia aplicó diferentes regímenes de aislamiento y movilidad de sus ciudadanos, incluyendo en algunas ciudades toques de queda sanitarios.

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