El próximo domingo 7 de septiembre los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires elegirán a sus representantes distritales, mientras que el 26 de octubre lo harán para decidir sobre los cargos nacionales, como el resto de las jurisdicciones provinciales, con el debut de la boleta única de papel
Padrón
Según los últimos datos del padrón oficializado por la Junta Electoral provincial los bonaerenses habilitados para votar son 14.376.592 (un 37 por ciento del padrón nacional). Son 316.659 más que hace dos años, lo que equivale a 2,3 por ciento de aumento respecto a las elecciones de 2023.
El total incluye a los extranjeros residentes en el distrito, 1.015.233 habilitados para sufragar únicamente en las elecciones provinciales, no en las nacionales.
Qué se vota
En estos comicios distritales, los ciudadanos de la provincia elegirán a los representantes en el Poder Legislativo, 23 senadores provinciales titulares y 15 suplentes, y 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes. En cada municipio se renovará la mitad de las bancas de concejales y de consejeros escolares.
Dónde voto
La justicia electoral bonaerense oficializó y publicó el padrón definitivo para las elecciones de septiembre, por lo cual los ciudadanos que están habilitados para votar ya pueden consultar el lugar, el número de mesa y el orden en el listado que les ha sido asignado, consulta que puede efectuarse en la web clicando acá.
Calendario electoral
Como es sabido, el pasado 19 de julio vencía el plazo para la presentación de listas, lo que se concretó el lunes 21, tras la prórroga dispuesta por la Junta Electoral bonaerense.
El 8 de agosto, 30 días antes de la elección como lo dispone la ley, operará el vencimiento del plazo para designar los locales donde funcionarán las mesas receptoras de sufragios, la designación de autoridades de mesa, y para la presentación de boletas ante la Junta Electoral. Ese día también será el del inicio de la campaña electoral.
El 23 se habiliará la publicidad electoral audiovisual y procederá la prohibición de realización de actos de gobierno.
30 de agosto: inicio de publicación de resultados de encuestas o sondeos.
5 de septiembre: fin del plazo de campaña electoral, de emisión de propaganda y de publicación y difusión de encuestas y sondeos (48 horas antes de los comicios).
El 7, día de las elecciones provinciales, después de tres horas del cierre de los comicios, iniciará la publicidad o difusión de proyecciones sobre el resultado de la elección.
El 13 de septiembre comenzarán las tareas del escrutinio definitivo, mientras que el 6 de noviembre vencerá el plazo para la justificación de la no emisión del sufragio (dentro de los 60 días de celebradas las elecciones dispone la legislación vigente).