El municipio explicó los alcances del Plan Urbano Ambiental Sustentable para Sauce Grande

Es en consonancia con una ordenanza recientemente aprobada por el Concejo Deliberante de Monte Hermoso

Hace pocos días, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza N° 2938, que dispone preservar la identidad paisajística, el valor turístico y cultural del balneario Sauce Grande.

En virtud de ello se suspende la aprobación de los expedientes de construcción en la Sección «J», hasta tanto estén dadas las condiciones de accesibilidad y obras de saneamiento necesarias para el desarrollo urbano en dicha área.

Según informó el municipio este jueves, en el marco del “Plan de Desarrollo Urbano Ambiental Sustentable para Sauce Grande”, la ordenanza especifica que “la Ley Provincial N°12.704 en sus artículos 4° y 5° faculta a los municipios a determinar zonas como paisaje protegido de interés provincial”.

Mientras que la Ley N° 8912, que rige el ordenamiento del territorio de la Provincia de Buenos Aires, establece en su artículo 101 que “todo parcelamiento originado en planos aprobados con anterioridad a la presente ley, que carezca de las condiciones de saneamiento y servicios de agua corriente o cloacas exigidos para el adecuado asentamiento poblacional, queda sujeto a las restricciones para el uso que implica la prohibición de erigir edificaciones hasta tanto se cumplimenten las condiciones de saneamiento o infraestructuras necesarias”.

De esta manera, aclara la información, mientras se inician los trabajos para delimitar la Línea de Ribera que separa las tierras fiscales de las privadas en zonas aledañas al mar, “el Poder Ejecutivo establecerá las parcelas o zonas afectadas por la restricción y la municipalidad, en concordancia, podrá denegar la aprobación de planos e impedir la edificación, hasta tanto se efectúe la certificación de los organismos provinciales competentes que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas”.

La flamante ordenanza también autoriza “al Departamento Ejecutivo realizar los estudios que considere necesarios para establecer una normativa que redefina los usos y ocupación a permitir en el futuro en dicha Sección y zona complementaria adyacente”.

También lo faculta a elevar un proyecto dirigido a la OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible) para declarar a la Sección «J» del Balneario Sauce Grande, Zona Especial Ambiental”. Se suma, además, la Ordenanza N° 2939, aprobada también por unanimidad el 1° de junio de 2021, que suspende por el término de 180 días la aprobación “de los expedientes de construcción en lotes de las Secciones G, H y F correspondientes a una franja de 1 manzana paralela al mar, sobre la línea costera y los lotes al sur de las manzanas lindantes”, hasta la realización de los estudios que el Ejecutivo “considere necesarios para realizar una normativa que redefina los usos y permisos de ocupación en el futuro para dicha zona”.

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