Las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) encendieron la alarma entre profesionales de la salud y la nutrición, al modificar aspectos clave de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida popularmente como Ley de Etiquetado. Desde distintos sectores señalan que los cambios representan un retroceso en el derecho a la información y a una alimentación saludable.
Uno de los puntos más cuestionados es la nueva forma de calcular los llamados nutrientes críticos. Según la disposición 11362/2024, ahora sólo se consideran aquellos que fueron añadidos durante el proceso industrial, excluyendo los que están presentes de forma natural en los alimentos, como las grasas de la manteca o los azúcares propios de ciertos productos. Esta modificación permite que algunos alimentos con altas cantidades de estos nutrientes en su composición natural queden exentos de los sellos de advertencia.
También se introdujeron cambios respecto al rotulado de edulcorantes: sólo se exigirá advertencia cuando estos aditivos cumplan específicamente la función de endulzar. Si se utilizan con otros fines, ya no será obligatorio declararlos, lo que ha generado cuestionamientos sobre la transparencia en la composición de los productos.
La licenciada en Nutrición Micaela Ojeda, matriculada en el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires, aseguró que «quitar del rotulado información clave sobre nutrientes, sean añadidos o intrínsecos, va en contra del objetivo de brindar información clara a la población. Los excesos de nutrientes críticos, independientemente de su origen, siguen siendo perjudiciales para la salud».
Otro aspecto preocupante es la derogación de la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas actualizadas con la información nutricional. Según los especialistas, esta flexibilización limita los controles y dificulta la fiscalización efectiva por parte de los organismos correspondientes.
En paralelo, la disposición 11378/2024 flexibilizó las normas de promoción y publicidad. Se recortó el alcance de las restricciones dirigidas a niños y adolescentes, y se permitió el uso de elementos infantiles vinculados a las marcas. Para Ojeda, “esto revierte uno de los avances más celebrados de la ley, que buscaba proteger a los menores de la publicidad de productos no saludables”.
Otra modificación relevante es la posibilidad de incluir “claims” nutricionales en productos con nutrientes críticos en exceso, siempre que no se refieran a ese nutriente específico. Esto permitiría, por ejemplo, que productos con alto contenido de azúcar puedan declararse como “reducido en grasas”, generando confusión en los consumidores.
Desde el Colegio de Nutricionistas bonaerense manifestaron su preocupación por lo que consideran una falta de sintonía con las necesidades actuales en materia de salud pública. “En lugar de fortalecer el derecho a la información, se generan mensajes contradictorios que dificultan decisiones conscientes y saludables”, expresaron.
Organizaciones como la Fundación Interamericana del Corazón (FIC) y la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN) presentaron recursos de alzada ante el Ministerio de Salud para pedir la anulación de estas disposiciones. Hasta el momento, no obtuvieron respuesta oficial.
La comunidad profesional insiste en la necesidad de revisar estas modificaciones y velar por el cumplimiento efectivo del espíritu de la ley, que apunta a promover una alimentación más saludable y consciente, basada en información clara, veraz y accesible.