El juez Sergio Omar García, del Juzgado de Paz de Monte Hermoso, emitió un fallo haciendo lugar a una demanda de prescripción adquisitiva formulada por Eduardo Alberto Melvin y Patricia Susana Baud contra el Arzobispado de Bahía Blanca con relación al inmueble de Avenida Costanera 1.450, entre las calles Bristol y Punta Iglesias de Sauce Grande, declarando adquirido el dominio del inmueble por prescripción veinteañal (posesión de un inmueble por un período de veinte años, requisito para iniciar un proceso legal de usucapión o prescripción adquisitiva).
La controversia viene desde una fecha señalada entre los años 1977 y 1978, cuando Melvin y familia, oriundos del Gran Buenos Aires, comenzaron a vacacionar en distintas épocas del año montando carpas debajo de un montecito existente en el inmueble mencionado, que por entonces ocupaba una comunidad religiosa y que luego donó a la iglesia local para que fuera usado con fines sociales.

Al conocerse la sentencia, en algunos ámbitos locales vinculados a la Iglesia Católica comenzó a crecer una firme disconformidad ante la decisión judicial, esgrimiendo distintos argumentos, como el de no entender cómo la Cooperativa Eléctrica les habilitó el medidor de electricidad sin tener título de propiedad o algún documento que avalara la presencia en el predio, situación que en el expediente se usa como prueba a favor del usurpador, dicen.

Sobre el fallo que desató la polémica se afirma que «para la justicia, pesó más el derecho a vacacionar gratis de una familia de turistas de Longchamp que abusó de la caridad de una comunidad religiosa, que el derecho de Sauce Grande a tener en un futuro inmediato su propio templo y espacio de uso social, tal cual fue la intención de los donantes y que los párrocos siempre quisieron cumplir».








