El proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional entra en una etapa clave en la Cámara de Diputados, luego de la media sanción obtenida en el Senado de la Nación. En estas horas, el oficialismo trabaja en la redacción final del texto y en la posibilidad de introducir modificaciones, especialmente en el artículo referido a las licencias por enfermedad.
Ese punto es el que genera mayores tensiones. El esquema aprobado en el Senado contempla cambios en el régimen de remuneraciones durante períodos de incapacidad laboral, lo que despertó cuestionamientos sindicales y de bloques opositores. Si Diputados introduce modificaciones, el proyecto debería regresar a la Cámara alta para su revisión.
En paralelo al avance legislativo, la Confederación General del Trabajo confirmó un paro general de 24 horas para el día en que la Cámara baja trate la iniciativa. La medida fue definida por el Consejo Directivo de la central obrera y se realizará sin movilización al Congreso.
Desde la conducción sindical señalaron que la reforma implica retrocesos en materia de derechos laborales y que la huelga busca expresar el rechazo antes de la votación. La fecha exacta del paro dependerá de cuándo el oficialismo convoque a sesión.
Así, el debate por la reforma laboral combina negociaciones parlamentarias de última hora con un escenario de alta conflictividad gremial, en una jornada que promete tener repercusiones políticas y económicas en todo el país.









ARTÍCULO 14 BIS DE LA CONSTITUCIÓN ARGENTINA:
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.