Está en vigencia la Ordenanza N° 3.516 que establece una parada única central para la prestación del servicio público de taxis en la terminal de ómnibus de Monte Hermoso, y que determina lugares temporales en distintos puntos de la ciudad donde los taxis podrán permanecer a la espera de la asignación de viajes.
La medida había sido dispuesta por el Departamento Ejecutivo mediante un decreto del 17 de noviembre pasado, ad referéndum del Concejo Deliberante, que lo convalidó en la reciente sesión del 26 de noviembre con la sanción de la ordenanza aprobada por la mayoría de que dispone el bloque oficialista.
El decreto del Ejecutivo derivó del estudio llevado a cabo, según el cual «el secretario de Seguridad expresó la necesidad de llevar a cabo la implementación de una nueva organización del servicios de taxis, indicando que resultaría menester a los fines de la implementación de la digitalización del sistema de prestación que permite un mayor control del cumplimiento de las licencias adjudicadas; estado activo/inactivo de cada móvil, suspensiones por problemas mecánicos, licencias médicas o nuevas incorporaciones, etcétera».
Se tuvo en cuenta, además, «que es en virtud del cambio en la metodología de trabajo por la asignación de viajes por plataforma que resulta menester readecuar el funcionamiento actual de paradas, las cuales no requieren tener un espacio físico actualmente».
El decreto del intendente
Artículo 1°): Apruébese la implementación de una “PARADA UNICA CENTRAL”, para la prestación del servicio público taxis ubicada en la terminal de ómnibus de la ciudad de Monte Hermoso, determinándose en distintos puntos de la ciudad lugares temporales donde podrán permanecer los taxis a la espera de la asignación de viajes.
Artículo 2°): A los fines de determinar la ubicación de los distintos puntos habilitados para la permanencia temporal de los taxis, facúltese a la Secretaria de Planeamiento Urbano al relevamiento del ejido urbano, determinando la ubicación de dichos puntos, los cuales deberán estar señalizados con los cordones pintados de color amarillo. El incumplimiento de lo establecido, corresponderá la suspensión del vehículo, sujeto a consideración del Ejecutivo.
Artículo 3°): El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante para su ratificación.
Artículo 4°): Comuníquese a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Secretaria de Planeamiento Urbano, y demás que corresponda, dése al R.O. y oportunamente archívese.
Por su parte, la ordenanza aprobada estipula:
Artículo 1°): Ratifíquese decreto de fecha 17 de noviembre de 2025, en el cual se aprueba la implementación de una “PARADA UNICA CENTRAL”, para la prestación del servicio público taxis, el cual forma parte integral de la presente.
Artículo 2°): Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y fines pertinentes.







