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Ley de emergencia en discapacidad. Lo que está en juego en la búsqueda del rechazo al veto presidencial

Mónica Carmelino por Mónica Carmelino
23/08/2025
en Opinión
Ley de emergencia en discapacidad. Lo que está en juego en la búsqueda del rechazo al veto presidencial
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El pasado 20 del corriente, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó el rechazo del veto dispuesto por el Ejecutivo a la Ley de Emergencia en Discapacidad, aprobada el 10 de junio y luego vetada en su totalidad por el presidente el 4 de agosto.

El legislativo dejó sin efecto el veto con 172 votos afirmativos, 73 negativos y dos abstenciones. Así entonces, la ley pasó al Senado, que deberá ratificar la decisión de los diputados para que la norma entre en vigencia. En caso contrario el veto quedará vigente.

Numerosos han sido los argumentos, algunos más acertados que otros, pero en líneas generales la mencionada ley en su artículo 3° expresa que se entiende por personas con discapacidad a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás, en los términos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La ley atraviesa varios puntos, entre ellos:

− El financiamiento de las PNC (pensiones no contributivas) que otorga la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social). Podrán acceder a este beneficio aquellas personas que posean CUD (certificado único de discapacidad) y que no perciban ingresos superiores a dos salarios mínimos vitales y móviles, que no perciban planes similares y pasen una evaluación socioeconómica.

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Con estas medidas de control, numerosas serán las personas con discapacidad que queden excluidas, ya que se consideran los ingresos familiares para cobrar una pensión no contributiva que se planea para septiembre de $ 224.194,02 que se actualiza de acuerdo al IPC (índice de precios al consumidor) que suministra el INDEC (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos).

Esta asignación corresponde al 70 % del haber mínimo jubilatorio y es compatible con el empleo registrado, siempre que los ingresos no excedan el tope fijado. Si supera ese límite, la pensión se suspende en forma automática, con posibilidad de rehabilitarse una vez que el titular pierda el empleo o reduzca sus ingresos.

− Fortalece el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad regulado por la Ley 24.901. El sector de prestadores está compuesto por hogares, escuelas, centros de día, terapeutas y transportistas. Una de las cosas que se reclama es la actualización automática y mensual de aranceles, ajustada al IPC.

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− La apertura de un régimen de regularización de deudas fiscales y de seguridad social para empresas y trabajadores vinculados al sistema de discapacidad. El esquema contempla la condonación de intereses, multas y sanciones, junto con la posibilidad de refinanciar tanto planes de pago activos como aquellos caducos con la esperanza de contener la crisis financiera que están atravesando y poder seguir sosteniendo la prestación de servicios esenciales.

− El financiamiento y funcionamiento de la ANDIS (Agencia Nacional de Discapacidad), organismo que articula las políticas públicas del área y el que debería garantizar los fondos públicos necesarios para operar programas sanitarios, de accesibilidad, inclusión, prevención y promoción del modelo social que nos enmarca.

− Remarca la importancia de cumplir con la Ley 26.816, que regula el régimen federal de empleo protegido y acciones específicas para asegurar la integración laboral de personas con discapacidad.

− Incorpora modificaciones normativas para armonizar la legislación argentina con la referida convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y los estándares internacionales más recientes. Entre ellos figuran: la creación formal de la pensión por discapacidad para protección social, la redefinición de reconocimiento del derecho, y la actualización mensual obligatoria de aranceles en los servicios del sistema entre otros.

De qué hablamos cuando hablamos de personas con discapacidad

Toda esta legislación que se está debatiendo en todos los ámbitos aborda de manera formal y normativa cuestiones referidas a las leyes de atención, prevención y protección de las personas con discapacidad. Estas leyes nacionales y provinciales no solo nos resguardan desde el punto de vista local sino que también nos suscriben a tratados internacionales que garantizan estos derechos.

Por eso, cuando hablamos de la discapacidad no hablamos solamente de lo normativo, hablamos de personas que viven una disminución física, intelectual, mental o sensorial permanente. Puede debatirse mucho sobre el origen, las consecuencias, la prevención y la atención pero lo cierto es que la discapacidad atraviesa a la persona y su familia en forma irrevocable.

Por eso los aspectos referidos a la atención, rehabilitación, eliminación de barreras (de accesibilidad, de comunicación, de convivencia, etc.) son aspectos que se deben trabajar socialmente desde siempre. Las escuelas, desde sus jardines de infantes, deben trabajan la diversidad, la heterogeneidad, la inclusión y las diferentes perspectivas que nos permitan reconocernos como diferentes, diversos y todos parte de la misma estructura social que integramos y construimos.

Por eso la importancia del tratamiento de esta ley. No solo porque defiende derechos ya adquiridos, sino porque tiene en cuenta el funcionamiento de aspectos básicos que no deberían ser un problema, como lo es el transporte, la asistencia terapéutica, el acceso a la medicina en forma gratuita al igual que a los tratamiento requeridos, el acceso al mundo real del trabajo, la inclusión educativa y el cobro de una pensión digna (no la que mencionamos, ya que nadie vive con 200 mil pesos por mes) que le permita a la persona con discapacidad y a su familia, tener una vida digna. Y el Estado es quien irrevocablemente debe garantizar estos derechos.

Dejemos de construir una sociedad estigmatizante, señaladora, acusadora y condenadora. Reconozcámonos como parte necesaria e importante de este lugar y este tiempo que nos toca vivir. Porque todos somos parte igual de la misma sociedad. Porque la discapacidad es una condición que no se deja elegir. Nos puede tocar a cualquiera.

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Etiquetas: discapacidadMónica Carmelino

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